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Infracciones que restan puntos en el carné de conducir

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Infracciones que restan puntos en el carné de conducir

La velocidad, hablar por el móvil, no llevar el cinturón de seguridad… todos tenemos una idea general de lo que no debemos hacer en la carretera, pero te contamos exactamente las infracciones que restan puntos en tu carné de conducir.

3 puntos:

  • Ir sin cinturón, sistemas de retención infantil o casco. Realizar cambios de sentido incorrectos. Usar auriculares, detección de radares o manipular el móvil o GPS.

4 puntos:

  • Conducir sin permiso de conducción o con él caducado o suspendido.
  • No respetar las señales de los agentes de tráfico, las prioridades de paso o las señalizaciones de stop o semáforos en rojo.
  • Arrojar objetos peligrosos a la vía, obstaculizar la circulación, adelantar de manera peligrosa a otros vehículos o ciclistas. No respetar la distancia de seguridad con el vehículo que precede o realizar maniobras de marcha atrás en autopistas y autovías.
  • Sobrepasar una tasa de alcohol de 0,25 hasta 0,50 mg/l. de aire espirado (para los profesionales o titulares con menos de dos años de antigüedad en el permiso, esta tasa baja a entre 0,15 y 0,30 mg/l).

Coches de ocasión

6 puntos:

  • Conducir con una tasa de alcohol de más de 0,50 mg/l, o bajo los efectos de drogas y estimulantes (o con drogas en el organismo) (el límite pasa a ser de 0,30 mg/l para profesionales o titulares con menos de dos años de antigüedad en el permiso). También al negarse a someterse a las pruebas de detección de alcohol o drogas.
  • Circular en sentido contrario, de forma temeraria o participando en carreras no autorizadas.
  • Transportistas que alteren el tacógrafo, reduzcan a más del 50% el tiempo de descanso o excedan el tiempo de conducción en más del 50%.
  • Llevar instalados inhibidores de radares o similares.

En cuanto a los límites de velocidad se dividen en dos grupos:

  • Cuando se circule en limitaciones de entre 20 y 50 km/h se restarán 2 puntos en caso de que se sobrepasen de 21 a 30 km/h, 4 puntos si vamos entre 31 y 40 km/h de más y 6 puntos si nuestra velocidad es de más de 51 km/h del máximo permitido.
  • En caso de que las limitaciones de la vía oscilen entre los 60 y los 120 km/h se perderán 2 puntos por sobrepasar de 31 a 50 km/h, 4 puntos si el exceso de entre 31 y 60km/h de más y en caso de que sea de más de 31 km/h la pérdida será de 6 puntos.
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